Pasar a la navegación global, la navegación local o el contenido de este sitio Web.
La Oficina de registro de las marcas, Dibujos y Modelos de la Unión Europea
Una vez publicada la solicitud de marca comunitaria en el Boletín de Marcas Comunitarias o publicada la solicitud de dibujo o modelo comunitario en el Boletín de Dibujos y Modelos Comunitarios, los expedientes relativos a la solicitud así como las marcas, dibujos o modelos resultantes se abrirán, cuando así se solicite, para consulta pública. La solicitud de consulta pública podrá cursarla el solicitante/propietario de una MC (marca comunitaria), el solicitante/titular de un dibujo o modelo comunitario registrado o el representante de cualquiera de estas partes, en cualquier momento durante y después del proceso de registro. No es obligatorio contar con un representante para solicitar la consulta de un expediente.
La consulta de expedientes hace referencia a cualquiera de los siguientes documentos:
Las copias electrónicas certificadas del formulario de solicitud y de los certificados de registro de MC también pueden obtenerse a través de CTM ONLINE. Para obtener más información, haga clic aquí
Al presentar la solicitud, puede solicitar copias certificadas o no certificadas.
Los expedientes relativos a solicitudes de marca comunitaria que aún no hayan sido publicados no podrán ser consultados sin consentimiento previo del solicitante. No obstante, si el interesado que solicita la consulta pública puede probar que el solicitante de una marca comunitaria ha afirmado que tras el registro de la marca va a prevalerse de los derechos correspondientes en su contra, podrá consultar el expediente antes de la publicación de la solicitud y sin el consentimiento del solicitante.
Los expedientes relativos a solicitudes de dibujos o modelos comunitarios registrados que aún no hayan sido publicadas no podrán ser consultados. Igualmente, los expedientes relativos a los dibujos y modelos comunitarios registrados que incluyan una solicitud de aplazamiento de publicación no se abrirán para consulta pública hasta que haya expirado el período de aplazamiento. Antes de la publicación, los expedientes podrán ser consultados si el solicitante consiente la consulta o si hay un interés legítimo en consultar el expediente sin el consentimiento del solicitante.
La solicitud de consulta pública de expedientes podrán cursarla terceras partes, siempre que:
La solicitud de consulta pública debe presentarse por escrito a la Oficina. El formulario podrá encontrarlo pulsando aquí y las tasas correspondientes son las que se detallan a continuación:
Si los expedientes que desea consultar implican a una MC o a un dibujo o modelo comunitario registrado que se encuentren en fase de solicitud (es decir, que aún no hayan sido registrados), deberá presentar la solicitud de consulta en la lengua utilizada para presentar la solicitud de marca comunitario o dibujo o modelo comunitario registrado, que puede ser cualquiera de las 22 lenguas oficiales de la Unión Europea, o en la segunda lengua indicada por el solicitante en su solicitud de MC o de dibujo o modelo comunitario registrado, que debe ser una de las cinco lenguas de la OAMI.
Si la consulta implica a una MC o a un dibujo o modelo comunitario registrado que hayan sido registrados, debe usar una de las cinco lenguas de la OAMI.
Envío de documentos
Los documentos serán enviados por correo ordinario. Los solicitantes de una consulta pública que deseen recibir los documentos por correo urgente deberán gestionar personalmente un envío alternativo (como, por ejemplo, un servicio de mensajería).
Autenticación o legalización de copias certificadas
En determinados países, la autenticación o legalización de copias certificadas es requisito previo para su aceptación como fundamento de una reivindicación de prioridad ante sus respectivas oficinas nacionales o como fundamento de cualquier otra reivindicación ante las autoridades. Si desea obtener información sobre la autenticación o legalización de copias certificadas del Registro, pulse aquí. Más información sobre los procedimientos de legalización para la documentación en el sitio web de la Comisión Europea.
Realizar extractos de la base de datos y el registro
El Registro de MC o de dibujos y modelos comunitarios registrados sólo existe una vez que la MC o el dibujo o modelo comunitario han sido registrados. Hasta ese momento, los datos y la documentación relativa al expediente se almacenan en una base de datos (Euromarc o Eurodesign), por lo que, en la práctica, la diferencia entre la base de datos y el Registro es sólo lingüística, dado que la parte relevante de la base de datos electrónica en la que se almacenan la solicitud y sus expedientes se denominará simplemente «registro» una vez registrados la MC o el dibujo o modelo comunitario en cuestión, lo que explica por qué el formulario de solicitud de consulta pública del expediente hace referencia a «extracto de la base de datos» y a «extracto del Registro».