relativa a la autoridad competente prevista en el apartado 2 del artículo 82 del RMC en los Países Bajos
El Gobierno de los Países Bajos ha informado a la Comisión Europea de que, en los Países Bajos, la autoridad competente, prevista en el apartado 2 del artículo 82 del RMC, para consignar la orden de ejecución forzosa de las resoluciones definitivas de la Oficina en materia de costas, son los tribunales de primera instancia (Arrondissementsrechtbanken).
Jean-Claude Combaldieu
Presidente